Tribunal declara como inadmisible acción de amparo solicitada en contra de Barrick

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Por Wandaly Soriano

SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Juzgado de primera Instancia del Distrito Judicial de Sánchez Ramírez declaró como inadmisible la Acción de Amparo solicitada por Rafael Guillén Beltré para lograr el cese de las operaciones de la empresa minera  Barrick Pueblo Viejo.

En la audiencias de fondo, ambas partes comparecieron ante dicho tribunal, la Magistrada Juez Jacqueline Ynmaculada Ramos Ureña emitió la sentencia el pasado viernes 26 de junio.

La sentencia emitida cita: “el accionante no ha hecho prueba alguna de que la operación actual de PVDC implique riesgos a la vida o a la salud de las comunidades a su alrededor o de los propios concluyentes que trabajan en la empresa, fuera del pasivo histórico ambiental que existía en la zona heredado de la pasada operación y contemplado en la propia concesión y sobre el cual, PVDC en nombre del Estado Dominicano ha hecho importantes labores de remediación ambiental, el reclamante no ha hecho prueba de que la empresa de forma actual o inminente lesione, altere o amenace el derecho fundamental al medio ambiente, tal y como lo contempla la Constitución para regular la explotación de los recursos naturales.”

Durante dicho proceso la empresa depositó varias documentaciones, las cuales fueron validadas por el tribunal

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