Juristas ven primarias abiertas simultáneas no pueden ir al TC

Valentin Medrano
Valentin Medrano
Eric Raful y Valentín Medrano entieden que desde el punto de vista constitucional o legal no existe una normativa que impida la implementación de esa modalidad

Santo Domingo, República Dominicana.- Dos juristas consideran que desde el punto de vista constitucional o legal no existe una normativa que impida la implementación de primarias abiertas, simultáneas y obligatoria para la escogencia de los candidatos a cargos electivos de los partidos políticos.

En declaraciones por separado, los juristas Eric Raful y Valentín Medrano entienden que la inclusión de esa modalidad de votaciones internas en las organizaciones políticas no podrá ser impugnada por ante el Tribunal Constitucional.

Para Raful carece de validez el argumento de que las primarias abiertas utilizando el padrón de la Junta Central Electoral (JCE), sea contrario a la Constitución.

A su juicio, con esa modalidad lo que se busca es garantizar la participación  equitativa y democracia del ciudadano en los procesos de selección de candidatos a las distintas posiciones de elección popular.

Mientras que Medrano, argumenta que las primarias abiertas utilizando el registro de votantes de la JCE no interfiere de modo alguno con el derecho que tienen las dirigencias de los partidos de postular candidatos a cargos de elección popular.

“Consideramos además, que las primarias abiertas y simultáneas servirían de referente a las dirigencias de los partidos para establecer cómo anda su proceso organizacional, equidad y respeto al principio democrático”, expresó.

Otros abogados constitucionalistas, incluidos Carlos Salcedo y Julio Cury  han coincidido que  dentro del nuevo contexto social y político que se creó con la Constitución del  de año 2010, la inclusión de las primarias abiertas y simultáneas para la escogencia de los candidatos a cargos electivos de los partidos políticos, de ningún modo podría calificarse de inconstitucional.

Severino, coincidió además con otros expertos del derecho en el sentido que dicha modalidad de votación utilizando el padrón de electores registrado en la JCE no vulnera el derecho de los partidos al elegir sus candidatos y que tampoco entorpece la democracia interna de esas organizaciones.

 

 

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