BC plantea regular las cooperativas abiertas sobre anteproyecto de ley de regulación

Banco Central del la Republica Dominicana 04 feb 14
Banco Central del la Republica Dominicana 04 feb 14
 El Banco Central de la República Dominicana (BCRD) Sobre el anteproyecto para la regulación de cooperativas de ahorro y crédito, aclaró que lo que  ha planteado la Junta Monetaria (JM) es regular aquellas de ahorro y crédito abiertas, que realizan intermediación financiera, o sea, que captan depósitos de terceros y prestan a afiliados y no afiliados.

Santo Domingo, República Dominicana.-  El Banco Central de la República Dominicana (BCRD) Sobre el anteproyecto para la regulación de cooperativas de ahorro y crédito, aclaró que lo que  ha planteado la Junta Monetaria (JM) es regular aquellas de ahorro y crédito abiertas, que realizan intermediación financiera, o sea, que captan depósitos de terceros y prestan a afiliados y no afiliados.

El Banco Central recibió una solicitud del Ministro de la Presidencia, Lic. Gustavo Montalvo, para obtener la opinión de la máxima autoridad regulatoria del sistema financiero nacional, sobre el proyecto de Ley elaborado bajo la coordinación de ese ministerio, con la participación de otros entes del sector público vinculados con la aplicación de las normas de lavado de activos y administración pública.

Esta solicitud se fundamentó en un anteproyecto de ley de asociaciones cooperativas que había sido aprobado por la Junta Monetaria y remitido al Ministerio de la Presidencia, el cual fue elaborado por el Banco Central con la asesoría del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), las recomendaciones del Fondo Monetario Internacional (FMI), y considerando los planteamientos del Tesoro de los Estados Unidos en foros públicos.

Vale resaltar que la adecuada regulación de cooperativas de ahorro y crédito es parte de las exigencias para el cumplimiento de las 40 recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional y uno de los requisitos del Grupo de Acción Financiera Latinoamericano (GAFILAT).

Es importante destacar que el total de activos del sector cooperativo se estima en RD$117,000.00 millones a 2017, que representa alrededor del 7% de los activos del sistema financiero nacional, casi similar a la ponderación del 10% que representan las Asociaciones de Ahorros y Préstamos, superior al 2% de los Bancos de Ahorro y Crédito y al 0.23% de las Corporaciones de Crédito.

De la citada cifra de activos del sector cooperativo, corresponde a las cooperativas de ahorros y créditos afiliadas a la Asociación de Instituciones Rurales de Ahorro y Crédito (AIRAC) un monto de RD$55,000.00 millones, perteneciente a unas 16 cooperativas, y los restantes RD$62,000.00 millones a cooperativas no afiliadas que superan las 800.

En ese sentido, lo que se ha planteado en el seno de la Junta Monetaria es regular aquellas cooperativas de ahorro y crédito abiertas que realizan intermediación financiera, o sea, que captan depósitos de terceros y prestan a afiliados y no afiliados. Es decir, el planteamiento de la Junta Monetaria implicaría que unas 30 cooperativas, incluyendo las 16 afiliadas a la AIRAC, sean reguladas y supervisadas por la Autoridad Monetaria y Financiera, lo que apenas representa en torno al 3% de las estimaciones de la cantidad de cooperativas que operan en el país.

Es preciso destacar, en cuanto a las cooperativas cerradas, que éstas, independientemente de la denominación y tipología de que se trate, aun cuando realicen intermediación financiera como parte de sus funciones, si sus operaciones están enmarcadas dentro del ámbito laboral, profesional, gremial o un interés común de productores, para lo cual se asocian, como son las cooperativas de los maestros, médicos, enfermeras, profesores y empleados universitarios, escolares, pesqueras, sindicales, agrícolas, campesinas, de transporte, agropecuarias y mineras, se ha propuesto que las mismas continúen siendo reguladas y supervisadas por el Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP) o una Superintendencia de Cooperativasque resultaría de la transformación y fortalecimiento del primero, amparado en una ley moderna, con apropiado gobierno corporativo, asignación presupuestaria que le permita contar con recursos humanos y tecnológicos para la realización eficiente de su labor, acorde a los nuevos tiempos.

Con posterioridad a la solicitud del Ministro Montalvo, el Banco Central se reunió con las cooperativas afiliadas a la AIRAC, así como con aquellas federadas bajo la Federación Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito y Afines (FENCOOP) para estudiar varias alternativas dentro del ámbito de la Constitución y de la Ley Monetaria y Financiera, resultando del consenso una propuesta que preserva la denominación de cooperativas, su naturaleza y organización. Esta propuesta fue sometida al conocimiento y ponderación de la Junta Monetaria, organismo que emitió su Segunda Resolución del 7 de junio de 2018, disponiendo lo siguiente:

‘Modificar el artículo 76 de la Ley No.183-02 Monetaria y Financiera de fecha 21 de noviembre del 2002, para que en lo adelante se lea:

Artículo 76. De las Cooperativas Financieras de Ahorro y Crédito. Toda cooperativa de vínculo abierto que realice intermediación financiera conforme los términos previstos en esta Ley, se denominará cooperativa financiera de ahorro y crédito, y estará sujeta a la regulación y supervisión de la Administración Monetaria y Financiera, sin perjuicio de lo establecido en la Ley de Asociaciones Cooperativas sobre su naturaleza y organización.

La Junta Monetaria establecerá los criterios y supuestos para determinar cuándo una cooperativa realiza intermediación financiera. Del mismo modo, reglamentará las actividades que les serán permitidas, atendiendo las disposiciones del literal b) del artículo 36; y a las que, en adición, les sean aplicables conforme las previsiones del artículo 45 y la sección IV del Título III de esta Ley.

La Junta Monetaria establecerá un período de gradualidad para el cumplimiento de las normas prudenciales, el régimen de evaluación de activos y los demás aspectos que reglamentariamente les sean aplicables.’

Como puede apreciarse con esta propuesta, la regulación por parte de la Autoridad Monetaria y Financiera, de las cooperativas abiertas que realicen intermediación financiera, les permitirá proveer una gama ampliada de productos financieros, tales como las tarjetas de crédito, remesas y otras operaciones, así como el acceso al sistema de pagos de la República Dominicana, habilitándoles para participar de manera autónoma en el mismo, además de  permitirles un blindaje que les serviría para cumplir con la Ley de Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo.

Igualmente, esta propuesta procura el necesario equilibrio entre la regulación de los riesgos que implican las operaciones de intermediación financiera con vínculos abiertos y los principios de economía solidaria y comunitaria que han caracterizado al sector cooperativista dominicano. En efecto, se ha previsto una aplicación gradual de las normas prudenciales, así como el mantenimiento de su esencia y organización, para lo cual las cooperativas de ahorro y crédito seguirán bajo el amparo de la Ley de Asociaciones Cooperativas.

Sobre el Autor

Jessica Hernandez

TRA Digital

GRATIS
VER