Tribunal Constitucional declara inadmisible recurso sobre la reelección

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Varios juristas se han manifestado a favor y en contra del recurso interpuesto por el abogado que buscaba abrir la posibilidad a una nueva repostulación de Danilo Medina.

SANTO DOMINGO.- El Tribunal Constitucional declaró inadmisible la acción directa de inconstitucionalidad contra la disposición transitoria de la Constitución, del 13 de junio de 2015, en razón de la imposibilidad de declarar inconstitucional la propia Constitución.

El abogado Fredermido Ferreras Díaz sometió ante el Tribunal Constitucional una acción directa que buscaba la nulidad de la vigésima disposición transitoria que establece que “en el caso de que el Presidente de la República correspondiente al período constitucional 2012-2016 sea candidato al mismo cargo para el período constitucional 2016-2020, no podrá presentarse para el siguiente período ni a ningún otro período, así como tampoco a la Vicepresidencia de la República”.

Mediante el comunicado número 32-18 publicado este viernes por el Tribunal Constitucional establece que  “inadmisible la acción directa de inconstitucionalidad incoada por Fredermido Ferreras Díaz contra la disposición transitoria vigésima de la Constitución, de trece de junio de 2015, en razón de la imposibilidad de declarar inconstitucional la propia Constitución”.

Varios juristas se han manifestado a favor y en contra del recurso interpuesto por el abogado que buscaba abrir la posibilidad a una nueva repostulación de Danilo Medina.

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