Tras votar ley exprés recuerdan que Keiko prometió no beneficiar a su padre

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La detenida líder opositora Keiko Fujimori se comprometió hace dos años a no utilizar su poder político para beneficiar a su padre, el expresidente Alberto Fujimori,
(EFE), LIMA.-La detenida líder opositora Keiko Fujimori se comprometió hace dos años a no utilizar su poder político para beneficiar a su padre, el expresidente Alberto Fujimori, recordaron hoy medios locales tras la aprobación por el fujimorismo en el Congreso de Perú de una ley en ese sentido.

“Me comprometo a ser drástica en la lucha contra la corrupción, respetando la independencia de poderes. No utilizaré el poder político para beneficiar a ningún miembro de mi familia”, prometió Keiko en un “Compromiso de Honor con el Perú” que suscribió durante la campaña presidencial de 2016, señaló el diario La República.

En esos comicios, que Keiko perdió finalmente por apenas 42.000 votos frente a Pedro Pablo Kuczynski, el partido fujimorista Fuerza Popular obtuvo 73 de los 130 escaños del Congreso, que dominado desde entonces.

Aunque Keiko reiteró su promesa durante el debate presidencial, este miércoles la legisladora fujimorista Yeni Vilcatoma presentó un proyecto que beneficia a Alberto Fujimori, quien permanece internado en una clínica de Lima desde que la Corte Suprema anuló la semana pasada el indulto que le dio Kuczynski en diciembre.

Precisamente, tras la anulación del indulto, Keiko anunció que su bancada iba a apoyar un proyecto para que se permita la excarcelación de presos sentenciados de edad avanzada, como su padre, que tiene 80 años.

La ley planteada por Vilcatoma fue aprobada este jueves de manera exprés por la mayoría fujimorista en el Congreso, con apoyo de la bancada del Partido Aprista, del expresidente Alan García, y la oposición de todas las demás bancadas.

Aunque los parlamentarios fujimoristas insisten en que no se trata de una ley “con nombre propio”, esta permite liberar con grilletes electrónicos y por razones humanitarias a mujeres mayores de 70 años y hombres mayores de 75 años que hayan cumplido un tercio de la condena que les fue impuesta.

Asimismo, rebaja cinco años en cada caso la barrera para acogerse a estos beneficios si los presos han cumplido un tercio de la pena y además padecen alguna enfermedad grave o crónica.

También contempla a los presos mayores de 65 años que sufran una discapacidad severa permanente y a los mayores de 70 años que hayan cumplido un tercio de la pena y de ellos dependa algún familiar directo con discapacidad severa permanente.

El texto excluye de estos beneficios a los condenados por terrorismo, traición a la patria, sicariato, feminicidio, violación sexual, tráfico ilícito de drogas en modalidad agravada y organización criminal.

Por ello, no solo se podría acoger a sus beneficios el expresidente, sino también su exasesor Vladimiro Montesinos, o los miembros del grupo militar encubierto Colina, responsables de las matanzas de Barrios Altos (1991) y La Cantuta (1992), por los que Fujimori fue condenado a 25 años de prisión como autor mediato (con dominio del hecho).

Tras la aprobación de la norma, las fuerzas políticas contrarias pidieron al presidente de Perú, Martín Vizcarra, que se abstenga de promulgarla y presentaron una moción de censura contra la mesa directiva del Congreso que preside el fujimorista Daniel Salaverry, que será debatida este lunes.

Al respecto, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) manifestó hoy, en un mensaje en su cuenta de Twitter, que “observa con preocupación” la ley porque “no considera proporcionalidad entre beneficios en ejecución de pena y derechos (de) víctimas graves violaciones (de) derechos humanos”.

El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil) y la Oficina en Washington sobre Asuntos Latinoamericanos (WOLA) también manifestaron su preocupación y remarcaron que una medida de este tipo no puede ser utilizada como un “mecanismo de impunidad”.

Por su parte, juristas y analistas locales enfatizaron en el supuesto carácter inconstitucional de la norma y señalan que, de ser promulgada, luego será derogada por el Tribunal Constitucional o por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH).

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