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Procurador instruye investigar fuga de interno desde centro de salud en Nagua 

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  Los organismos de seguridad del Estado han activado la localización de Jorge Gabriel Baéz Abreu, así como de sus cómplices. La Procuraduría hace un llamado a Jorge Gabriel Baéz Abreu y a sus secuaces, para que se entreguen lo más pronto posible, utilizando para esto cualquier dependencia del Ministerio Público, o de la vía que entiendan pertinente, garantizándoles que les serán totalmente respetados sus derechos humanos.

SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Por instrucciones del procurador general de la República, la Dirección General de Persecución del Ministerio Público inició una exhaustiva investigación para determinar responsabilidades penales en la fuga a mano armada de un interno condenado 30 años en un centro de salud en Nagua, provincia María Trinidad Sánchez.

Los organismos de seguridad del Estado han activado la localización de Jorge Gabriel Baéz Abreu, así como de sus cómplices.

En una nota de prensa, la Procuraduría General de la República (PGR), señala que gracias al esfuerzo y la labor desplegada por la Policía Nacional junto a los demás organismos de seguridad del Estado, ya fue localizado en el municipio de Cabrera de dicha provincia, el vehículo en el que se cometió la condenable acción delictiva.

La PGR hace un llamado al prófugo y a sus secuaces, para que se entreguen lo más pronto posible, utilizando para esto cualquier dependencia del Ministerio Público, o de la vía que entiendan pertinente, garantizándoles que les serán totalmente respetados sus derechos humanos.

La institución advierte que cualquier colaboración con el fugado o sus cómplices es un delito que implica la violación a los artículos números 265, 266, 237 y 243 del Código Penal Dominicano, que sancionan los delitos de asociación de malhechores y la evasión de privados de libertad y ocultamiento de criminales, conllevando sanciones desde 5 a 20 años de prisión.

Indica además la PGR, que por tratase de una investigación con diligencias en curso, de conformidad con lo establecido por el artículo 291 de Código Procesal Penal, por el momento deben mantenerse bajo reservas la divulgación de los detalles de la misma, para no entorpecer su desarrollo y facilitar que se logre la recaptura del fugado y de sus colaboradores.

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