SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La Cámara de Diputados declaró de urgencia convirtió en ley en dos sesiones consecutivas el proyecto para la erradicación del comercio ilícito, contrabando y falsificación de productos regulados.
La ley tiene por objeto erradicar el comercio ilícito de mercancías, tipificando los delitos del contrabando y la falsificación de productos regulados y estableciendo sus sanciones administrativas y penales.
La pieza legislativa, de la autoría del senador Charlie Mariotty, ahora pasa al Poder Ejecutivo para su observación o promulgación.
Establece como productos regulados los medicamentos, los hidrocarburos, los productos del alcohol y el tebano, y sus derivados.
La nueva ley, en el artículo 14, establece que la vigilancia y fiscalización en puntos de venta de los productos comercializados al público en general, compete al Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro-Consumidor), excepto la fármaco-vigilancia que es una atribución exclusiva del Ministerio de Salud Pública.
Asimismo, la nueva regulación contempla que toda persona que fabrique o intente fabricar, importar, almacenar o comercializar cualquier producto regulado, debe tener el registro o la autorización necesaria al efecto, o cuando ésta haya sido negada o revocada, o sin haber prestado la fianza prescrita, si la requiere el producto, se considerará que realiza comercio ilícito sujeto a las sanciones administrativas y penales contempladas por esta ley.
De igual forma se contempla en la pieza que el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM) será el órgano regulador para el conocimiento y sanción de las infracciones administrativas en materia de hidrocarburos, quedando habilitado para especificar y graduar -por vía reglamentaria- las infracciones o sanciones legalmente establecidas.